Sustracción internacional de menores y solicitud de restitución

La sustracción internacional de menores, más conocido como secuestro de menores, es una situación en la que uno de los padres, sin el consentimiento del otro ni autorización judicial, traslada a su hijo, menor de 16 años, de su lugar de residencia actual a otro país diferente sin tener permiso para poder hacerlo.

¿Cómo prevenir la sustracción internacional de menores?

Lo más recomendable es prevenir que se lleven a su hijo tratando de llegar a un acuerdo amistoso entre las partes y además, si existe el riesgo de sustracción internacional de menores en España se pueden tomar una serie de medidas provisionales que minimicen el riesgo.

El principal es solicitar al juzgado competente la aplicación del artículo 158 del Código Civil en el que se pretende evitar la sustracción de los hijos menores a través de:

1- Prohibir la salida del menor del territorio nacional, salvo autorización judicial previa.
2- Prohibir la expedición de pasaporte del menor o la retirada del mismo si ya estuviese expedido.
3- Someter a autorización judicial previa cualquier cambio de domicilio del menor.

¿Qué puede hacer si ya se ha efectuado la sustracción internacional del menor?

Si esto ocurre, la vía más común para poner punto y final a esta situación y devolver al menor a España es aplicando el Convenio de La Haya de 1980 sobre los Aspectos Civiles de la Sustracción Internacional de Menores.

Sin embargo, el Convenio de la Haya solamente ha sido firmado por 90 países por lo que, en el caso de que su hijo se encuentre en otro país, el retorno no será tan inmediato. Por su parte, si ha tenido la suerte y se encuentra dentro de los países firmantes, el niño será devuelto lo más pronto posible pero antes es labor de la familia y del abogado especializado en estos temas, presentar una solicitud de restitución. 

La solicitud de restitución debe presentarla el progenitor al que se le ha sustraído el menor ante el Ministerio de Justicia que será el encargado de comprobar si la solicitud se ha cumplimentado de forma adecuada y la transmitirá a las Autoridades competentes del país en el que se encuentre retenido el menor.

Para presentar esta solicitud, el menor debe cumplir con los requisitos previstos establecidos en el Convenio de la Haya que son los siguientes:

1- Ser menor de 16 años.
2- Que antes de la sustracción, España fuese la residencia habitual del menor.
3- El progenitor que presenta la solicitud tuviese durante la sustracción derecho de custodia.
4- La sustracción se haya producido hace menos de un año.

Si necesita ayuda en un caso de estas características o en cualquier otro asunto relacionado con el Derecho de Familia, póngase en contacto con Novoa Abogados en Vigo. Somos abogados especialistas en divorcios y separaciones por lo que podremos asesorarle sobre su problema de una forma profesional y personalizada en el menor tiempo posible. 

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