Por lo general, cuando un hijo cumple la mayoría de edad deja de tener sentido la custodia compartida, así como, el régimen de visitas. ¿Pero qué pasa si el hijo mayor es discapacitado?
En Novoa Abogados como despacho de abogados en Vigo especializado en derecho de familia, concretamente en divorcios y separaciones, solucionamos todas sus dudas relacionadas con la custodia compartida.
¿Cómo es la custodia de un hijo discapacitado en un divorcio?
Antes de entrar en materia, es importante definir un concepto que será clave a la hora de establecer el régimen de visitas de un hijo discapacitado cuando sus padres se separan o divorcian.
Cuando se habla de incapacidad nos referimos a la inhabilitación civil, que se otorga a aquellas personas que sus deficiencias físicas o mentales les impiden tomar decisiones por sí mismas, necesitando la ayuda y gestión de otras personas. Para ser catalogado como discapacitado legalmente, es necesaria una declaración judicial mediante sentencia, lo cual implicará que el incapacitado esté tutelado por una persona mayor de edad, que generalmente suelen ser los progenitores.
En el caso de que dicha sentencia sea firme antes de la mayoría de edad de la persona en cuestión, tras adquirir los 18 años, el discapacitado no adquirirá la mayoría de edad dado que sigue bajo incapacidad judicial.
Es importante en caso de divorcio de los padres saber en qué momento se produce la declaración de incapacidad. Si esta tiene lugar antes de la separación, la patria potestad del discapacitado corresponde a ambos, pasando a determinarse todos los aspectos de la custodia del hijo a pesar de ser mayor de edad: guardia, comunicaciones, pensión alimenticia y régimen de visitas.
Cuando la sentencia de incapacidad se produce tras haberse divorciado o separado los padres, la patria potestad también pertenece a los dos, independientemente de que uno sea guarda y custodia y el otro compartido.
¿Cómo es el régimen de visitas en discapacitados mayores de edad?
Una de las cuestiones que les surgen a los padres separados cuando su hijo discapacitado adquiere la mayoría de edad es si deben contener mantener intacto su régimen de visitas. Pues bien, esto va a depender de si el hijo que cumple los 18 años tiene o no reconocida la incapacidad legalmente.
Como se comentó anteriormente, si el hijo tiene una sentencia firme sobre su incapacidad legal, el régimen de visitas se mantiene ya que no se considera una persona mayor de edad aunque supere los 18 años de edad.
Sin embargo, en el caso de que el joven no se le haya otorgado la incapacidad judicial, se entiende que con la mayoría de edad se pierde el efecto del régimen de visitas. De esta manera, será el propio hijo el que decida cómo relacionarse con su progenitor, estableciendo el mismo cuándo, donde y cómo verse.
Sea que cual sea su caso, en Novoa Abogados le recomendamos que contacte con nuestros abogados de familia para estudiar su casos y poder ofrecerle una solución más oportuna en base a la ley a la jurisprudencia. Le asesoraremos con el mayor rigor profesional desde nuestro despacho de abogados de Vigo.