Adopción de menores mediante vía judicial

Si está pensando en iniciar los trámites y gestiones necesarias para adoptar a un menor de edad, no dude en ponerse en contacto con los profesionales que formamos el equipo de Novoa Abogados. Somos especialistas en este ámbito del derecho por lo que podremos ayudarle y asesorarle en todo lo que necesite.

¿Qué requisitos se deben cumplir para la adopción?

Tanto el adoptante como el adoptado deberán cumplir una serie de requisitos imprescindibles para que la adopción mediante vía judicial se cumpla. Entre ellos podemos destacar los siguientes:

Requisitos del adoptante

El adoptante debe ser mayor de 25 años aunque, en aquellos casos en los que se opte por una adopción conjunta, bastará con que solamente una de las personas que desean adoptar tenga 25 o más años de edad.

Otro de los principales requisitos es que entre el adoptante y el adoptado debe haber, como mínimo, 16 años de diferencia y, como máximo, 45 años aunque nuestra legislación vigente recoge una serie de excepciones como ser huérfano y pariente de tercer grado del adoptado, ser mayor de edad o menor emancipado, etc. entre otros.

Requisitos del adoptado

Según la ley y la normativa, solamente podrán ser adoptados los menores no emancipados aunque es posible la adopción de una persona con más de 18 años siempre y cuando se pueda demostrar que ha existido anteriormente un vínculo afectivo de al menos 1 año entre el adoptado y los adoptantes.

Resolución judicial de la adopción

La única manera de hacer efectiva y legal una adopción en España es mediante la vía judicial. Para comenzar este procedimiento, se puede hacer de forma individual aunque en Novoa Abogados recomendamos ponerse en manos de expertos para que puedan ayudarle, asesorarle y resolver todas las dudas que vayan surgiendo. Además, confiando en nosotros, podrá asegurarse de que todos los trámites y documentación necesaria se entrega en el plazo establecido y correctamente.

Para ello, el interesado deberá entregar la solicitud de adopción al Servicio de Protección de Menores de la comunidad autónoma en la que resida y, pasado un tiempo, esta misma entidad valorará su candidatura realizando unos breves cuestionarios, visitando la vivienda del adoptante y tomando todas las medidas que crean oportunas y, cuando estén seguros, darán el visto bueno o rechazarán la solicitud.

En caso de que la resolución sea positiva, el interesado pasará a un listado de solicitantes y se le asignará un menor de edad con el que podrá empezar a convivir. Esto se conoce como Acogimiento Familiar Preadoctivo porque no será hasta pasado un tiempo cuando un juez, una vez valorados los informes presentados y la documentación disponible, será el encargado de dar el auto de adopción y autorizar la inscripción en el Registro Civil.

Novoa Abogados, especialistas en adopciones en Vigo

¿Busca un abogado especializado en adopciones? En Novoa Abogados somos especialistas en adopciones y divorcios en Vigo. Por eso, si está pensando en iniciar este trámite, póngase en contacto con nuestro equipo de abogados profesionales. Le asesoraremos en todo momento sobre el estado de su caso y mantendremos una comunicación continua. ¡Le esperamos en nuestro despacho de abogados en Vigo!.

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